A la hora de iniciar nuestra actividad económica o en el momento de constituir una empresa, hay ciertos requisitos administrativos que el autónomo o empresario tiene que cumplir de cara a que todo sea legal y esté en regla para luego no tener ningún tipo de problema con la Hacienda Pública.
Seguramente habrás oído hablar de la domiciliación fiscal y la domiciliación social, pero, ¿qué es cada una de ellas y por qué tienes que saber cuál es la diferencia entre una y otra?
A continuación te explicaré detalladamente de qué trata cada una de ellas y cuál deberías elegir según la circunstancia.

El domicilio fiscal
El domicilio fiscal es aquel lugar en donde recibirás la correspondencia de la Agencia Tributaria y además el que tiene que aparecer en todas las facturas que se emiten y reciben como negocio.
Si eres autónomo o profesional, solo necesitarás el domicilio fiscal, que normalmente es la vivienda habitual, aunque también puede ser el lugar donde se ejerce el negocio o bien puede ser también un centro de negocios o un lugar que ofrezca este servicio.
Es de suma importancia que si cambias de domicilio, lo notifiques rápidamente a la Agencia Tributaria para que todas las notificaciones o correos importantes lleguen a la dirección correcta. Además, en el caso de que no tengas el domicilio fiscal correcto hará que no puedas deducir los gastos del negocio.
Por otra parte, el domicilio fiscal se tiene que indicar en el modelo 036 o 037, y en ningún caso se tendrá que registrar o aparecer en la escritura de constitución de una sociedad. La Agencia Tributaria podrá determinar cómo domicilio fiscal el lugar donde se lleva a cabo toda la actividad administrativa y dirección de la actividad empresarial.

Domicilio social
El domicilio social es el imprescindible a la hora de constituir una empresa, el cual se tendrá que fijar para que figure en la escritura de constitución ante un notario. La empresa quedará registrada dentro del Registro Mercantil y podrá ser una dirección visible y accesible al público.
Por lo tanto, la dirección social será el lugar desde el cual se administra y se gestiona la empresa. Según preferencias, hay casos en los que la empresa establece el domicilio social en el domicilio del administrador pero también puede ser en el local comercial principal del negocio en cuestión.
Algo importante que tienes que tener en cuenta sobre el domicilio social es que si deseas cambiarlo, el proceso administrativo es mucho más complicado que el cambio de domicilio fiscal. El cual tendrás que hacer mediante escritura pública y se tendrá que emitir el cambio de nuevo en el Registro Mercantil. Además, también requiere de coste económicos derivados de los gastos notariales y las tasas del registro, por lo que te aconsejo que la dirección que elijas sea una a largo plazo.
Tanto la dirección fiscal como la social aparecerán en la tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa (o NIF), que la gran mayoría de veces ambas suelen coincidir.

¿En qué se diferencian la domiciliación fiscal de la domiciliación social?
- La domiciliación fiscal es obligatoria tanto para autónomos y profesionales como para empresas.
- El domicilio social es obligatorio exclusivamente para empresas.
- El domicilio social se encuentra regulado dentro de la Ley de Sociedades mientras que el fiscal aparece definido en la Ley General Tributaria.
- El domicilio social es de conocimiento público mientras que el domicilio fiscal puede quedar en el plano privado de la empresa, aunque muchas veces los dos coinciden.
- El domicilio social es el lugar en el cual se realiza la actividad empresarial y el domicilio fiscal aquel lugar desde donde se tienen las relaciones con la Administración Tributaria y el que aparece en todas las facturas.
Ejemplos útiles de domiciliación fiscal y domiciliación social
En el caso de una dirección fiscal, podríamos poner como ejemplo el domicilio o lugar de residencia de la persona que está encargada de la administración de la empresa. Y en el caso de domicilio social, podría ser esa misma dirección de una vivienda o bien las oficinas o lugar desde donde se gestiona la administración de la empresa en cuestión.

Conclusión: principales diferencias entre ambos tipos de domiciliación
- ¿Para quién es obligatorio el domicilio fiscal? para tanto autónomos como empresas y sociedades.
- ¿Para qué se utiliza el domicilio social? principalmente para designar el lugar desde donde se gestiona y administra el negocio.
- ¿Y el fiscal? Es la dirección que sirve para relacionarse con la Agencia Tributaria.
- ¿De qué manera se designa el domicilio fiscal y el social? El domicilio fiscal se gestiona a través del modelo 036 o 037. Mientras que el social se realiza en el momento de constituir la sociedad.
- ¿Podemos modificar el domicilio social y el fiscal? Sí, aunque uno es más fácil que otro. El domicilio fiscal se puede modificar usando el modelo 036 o 037 ante la Agencia Tributaria. El social, sin embargo, se debe modificar de acuerdo a la Junta con la modificación de la escritura ante notario y notificando al Registro Mercantil.
Como puedes ver, hay algunas diferencias entre ambas, por ello es importante tener claro de qué trata cada una si estás en proceso de convertirte en autónomo o en constituir una sociedad. Espero que este post te haya sido de utilidad y ahora no tengas confusión entre una y otra.